Senado aprueba la Ley de Aguas de Sheinbaum apenas horas después de recibirla
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, promulgó la nueva Ley General de Aguas y la reforma a la Ley de Aguas Nacionales. Aquí los puntos más importantes
Este 11 de diciembre, el Gobierno de México publicó el decreto que expide la nueva ley y que reforma la ya existente.
Entran en vigor mañana, pero dan 180 días naturales para ajustar reglamentos y también para que los congresos de los Estados armonicen sus leyes locales.
- La nueva ley establece obligaciones, se centra más en que el recurso hídrico es un derecho.
- La reforma a la ley existente aumenta penas, lo que llegó a generar protestas de agricultores y transportistas, lo que resultó en ajustes y en moderaciones de las sanciones.
Objetivo de las leyes.
El Gobierno, a través de la presidenta Sheinbaum y de la Conagua, ha explicado que el principal objetivo es defender el derecho humano al agua, que sea acaparada o que sea tratada como mercancía por privados.
Originalmente incluía puntos más duros, como no permitir la herencia de concesiones para uso agrícola, así como delitos más extensos y con mayores penas. Tras las protestas de agricultores, hicieron más de 50 cambios.
Después de los cambios, incluyeron la herencia de concesiones y redujeron algunas penas.
Quedaron algunas inconformidades entre productores —pero ya menores— sobre la propuesta, debido a que la nueva legislación vuelve más burocrático la administración de las concesiones de agua, no reconoce algunos permisos sin concesión que estaban en área gris y mantiene delitos hídricos de amplia interpretación, con altas penas.
Políticamente, queda más centralizado el control del agua, directamente con la Autoridad Nacional del Agua del Gobierno de México, restando fuerza a los organismos de cuenca de Conagua con participación ciudadana y de otros gobiernos; también ordenando ajustes a los organismos de agua de los gobiernos estatales o municipales.
Puntos más importantes.
Ley General de Aguas.
La nueva se centra en que el agua es un derecho y las autoridades deben garantizarlo a la población, sobre todo si es para consumo humano. Aquí los puntos más importantes.
Para consumidores.
- Reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento como prioridad nacional.
- Prohibición de suspender totalmente el suministro de agua por falta de pago; debe garantizarse una cantidad mínima vital.
- Obligación del Estado de garantizar agua suficiente, de calidad y asequible.
- Enfoque en grupos vulnerables: niñez, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y comunidades marginadas.
- Regulación y promoción de sistemas de captación de agua pluvial en viviendas y edificios.
- Mayor responsabilidad de municipios para asegurar servicios públicos de agua y saneamiento eficientes.
- Participación ciudadana en decisiones sobre gestión del agua y acceso a información pública.
- Impulso a la cultura del agua, el ahorro, el reúso y la calidad del recurso.
Para agricultores y productores.
- Prioridad del abastecimiento doméstico en la administración del agua nacional.
- Regulaciones orientadas al uso sustentable y la prevención de sobreexplotación de acuíferos.
- Obligación de autoridades de promover soluciones basadas en la naturaleza para conservar cuencas y recursos hídricos.
- Fortalecimiento de sistemas de saneamiento y tratamiento, con posible impacto en descargas agrícolas.
- Mayor vigilancia del uso equitativo y sostenible del agua en actividades productivas.
- Identificación de acuíferos sobreexplotados y necesidad de acciones para su recuperación.
- Promoción de investigación e innovación para mejorar el uso eficiente del agua en actividades económicas, incluida la agricultura.
Ley de Aguas Nacionales.
La reforma establece prioridad absoluta en el consumo humano y contempla nuevas penas. Actualiza los delitos hídricos, más amplios y con castigos más fuertes; centraliza más el control por parte del Estado mexicano. Aquí los cambios más importantes.
Impacto para consumidores
- Prioridad absoluta del agua para consumo humano y doméstico.
- Reducción o cancelación de volúmenes concesionados cuando haya riesgo de desabasto.
- Seguridad hídrica como obligación del Estado.
- Mayor control y vigilancia sobre la calidad del agua y las descargas.
- Obligatoriedad del tratamiento de aguas residuales por municipios y estados.
- Regulación estricta del reúso de agua, con mayores estándares de calidad.
- Creación del Fondo de Reserva de Aguas Nacionales para emergencias y abastecimiento prioritario.
- Nuevas reglas de transparencia y acceso público a la información hídrica.
Impacto para agricultores
- Reglas más estrictas para concesiones y reasignaciones de agua para riego.
- Obligación de instalar y mantener sistemas de medición certificados.
- Reglas claras para conservar derechos de agua al heredar, vender o dividir tierras.
- Protección de derechos al parcelar ejidos, con trámites más rápidos de reasignación.
- Obligación de presentar informes de uso, volúmenes y cultivos en distritos de riego.
- Suspensiones del servicio por siembras no autorizadas o fuera de programa.
- Entrega obligatoria de excedentes de agua en caso de escasez.
- Prohibición de cambiar el uso del agua sin autorización.
- Nuevos mecanismos para reorganización de distritos y unidades de riego.
Sanciones de mayor impacto (todas las categorías)
Multas más altas
- Multas de hasta 30,000 UMAs (3.39 millones de pesos en 2025) por:
- Extraer más agua de la autorizada.
- Usar el agua para un uso distinto al permitido.
- Hacer obras ilegales en cauces o zonas federales.
- Transmitir o ceder derechos sin permiso.
- Realizar descargas contaminantes sin autorización.
Clausuras
- Clausura temporal o definitiva, total o parcial, de pozos, tomas y obras.
Revocación de derechos
- Revocación de concesiones, asignaciones y permisos por reincidencia o faltas graves.
Suspensiones
- Suspensión inmediata de:
- Aprovechamientos de agua.
- Actividades que generen descargas contaminantes.
Demolición de obras
- Demolición de infraestructura ilegal construida en cauces, zonas federales o sin autorización.
Pérdida de obras y maquinaria
- Pérdida de pozos y obras ilegales a favor de la Nación.
- Retención de maquinaria de perforación utilizada sin permiso.
Responsabilidad económica
- Pago obligatorio de remoción, limpieza y reparación por descargas contaminantes.
- Cobro como crédito fiscal en caso de incumplimiento.
Delitos con pena de prisión
- Traslado ilegal de aguas nacionales.
- Desvío, obstrucción o alteración de cauces sin autorización.
- Corrupción en trámites de agua por servidores públicos.
- Soborno para obtener concesiones o permisos.
Información de: https://elpais.com/mexico/2025-12-05/el-senado-aprueba-la-ley-de-aguas-de-sheinbaum-apenas-horas-despues-de-recibirla.html


