Senado aprueba la Ley de Aguas de Sheinbaum apenas horas después de recibirla

 

La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, promulgó la nueva Ley General de Aguas y la reforma a la Ley de Aguas Nacionales. Aquí los puntos más importantes

Este 11 de diciembre, el Gobierno de México publicó el decreto que expide la nueva ley y que reforma la ya existente.

Entran en vigor mañana, pero dan 180 días naturales para ajustar reglamentos y también para que los congresos de los Estados armonicen sus leyes locales.

  • La nueva ley establece obligaciones, se centra más en que el recurso hídrico es un derecho.
  • La reforma a la ley existente aumenta penas, lo que llegó a generar protestas de agricultores y transportistas, lo que resultó en ajustes y en moderaciones de las sanciones.

Objetivo de las leyes.

El Gobierno, a través de la presidenta Sheinbaum y de la Conagua, ha explicado que el principal objetivo es defender el derecho humano al agua, que sea acaparada o que sea tratada como mercancía por privados.

Originalmente incluía puntos más duros, como no permitir la herencia de concesiones para uso agrícola, así como delitos más extensos y con mayores penas. Tras las protestas de agricultores, hicieron más de 50 cambios.

Después de los cambios, incluyeron la herencia de concesiones y redujeron algunas penas.

Quedaron algunas inconformidades entre productores —pero ya menores— sobre la propuesta, debido a que la nueva legislación vuelve más burocrático la administración de las concesiones de agua, no reconoce algunos permisos sin concesión que estaban en área gris y mantiene delitos hídricos de amplia interpretación, con altas penas.

Políticamente, queda más centralizado el control del agua, directamente con la Autoridad Nacional del Agua del Gobierno de México, restando fuerza a los organismos de cuenca de Conagua con participación ciudadana y de otros gobiernos; también ordenando ajustes a los organismos de agua de los gobiernos estatales o municipales.

Puntos más importantes.

Ley General de Aguas.

La nueva se centra en que el agua es un derecho y las autoridades deben garantizarlo a la población, sobre todo si es para consumo humano. Aquí los puntos más importantes.

Para consumidores.

  • Reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento como prioridad nacional.
  • Prohibición de suspender totalmente el suministro de agua por falta de pago; debe garantizarse una cantidad mínima vital.
  • Obligación del Estado de garantizar agua suficiente, de calidad y asequible.
  • Enfoque en grupos vulnerables: niñez, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y comunidades marginadas.
  • Regulación y promoción de sistemas de captación de agua pluvial en viviendas y edificios.
  • Mayor responsabilidad de municipios para asegurar servicios públicos de agua y saneamiento eficientes.
  • Participación ciudadana en decisiones sobre gestión del agua y acceso a información pública.
  • Impulso a la cultura del agua, el ahorro, el reúso y la calidad del recurso.

Para agricultores y productores.

  • Prioridad del abastecimiento doméstico en la administración del agua nacional.
  • Regulaciones orientadas al uso sustentable y la prevención de sobreexplotación de acuíferos.
  • Obligación de autoridades de promover soluciones basadas en la naturaleza para conservar cuencas y recursos hídricos.
  • Fortalecimiento de sistemas de saneamiento y tratamiento, con posible impacto en descargas agrícolas.
  • Mayor vigilancia del uso equitativo y sostenible del agua en actividades productivas.
  • Identificación de acuíferos sobreexplotados y necesidad de acciones para su recuperación.
  • Promoción de investigación e innovación para mejorar el uso eficiente del agua en actividades económicas, incluida la agricultura.

Ley de Aguas Nacionales.

La reforma establece prioridad absoluta en el consumo humano y contempla nuevas penas. Actualiza los delitos hídricos, más amplios y con castigos más fuertes; centraliza más el control por parte del Estado mexicano. Aquí los cambios más importantes.

Impacto para consumidores

  • Prioridad absoluta del agua para consumo humano y doméstico.
  • Reducción o cancelación de volúmenes concesionados cuando haya riesgo de desabasto.
  • Seguridad hídrica como obligación del Estado.
  • Mayor control y vigilancia sobre la calidad del agua y las descargas.
  • Obligatoriedad del tratamiento de aguas residuales por municipios y estados.
  • Regulación estricta del reúso de agua, con mayores estándares de calidad.
  • Creación del Fondo de Reserva de Aguas Nacionales para emergencias y abastecimiento prioritario.
  • Nuevas reglas de transparencia y acceso público a la información hídrica.

Impacto para agricultores

  • Reglas más estrictas para concesiones y reasignaciones de agua para riego.
  • Obligación de instalar y mantener sistemas de medición certificados.
  • Reglas claras para conservar derechos de agua al heredar, vender o dividir tierras.
  • Protección de derechos al parcelar ejidos, con trámites más rápidos de reasignación.
  • Obligación de presentar informes de uso, volúmenes y cultivos en distritos de riego.
  • Suspensiones del servicio por siembras no autorizadas o fuera de programa.
  • Entrega obligatoria de excedentes de agua en caso de escasez.
  • Prohibición de cambiar el uso del agua sin autorización.
  • Nuevos mecanismos para reorganización de distritos y unidades de riego.

Sanciones de mayor impacto (todas las categorías)

Multas más altas

  • Multas de hasta 30,000 UMAs (3.39 millones de pesos en 2025) por:
    • Extraer más agua de la autorizada.
    • Usar el agua para un uso distinto al permitido.
    • Hacer obras ilegales en cauces o zonas federales.
    • Transmitir o ceder derechos sin permiso.
    • Realizar descargas contaminantes sin autorización.

Clausuras

  • Clausura temporal o definitiva, total o parcial, de pozos, tomas y obras.

Revocación de derechos

  • Revocación de concesiones, asignaciones y permisos por reincidencia o faltas graves.

Suspensiones

  • Suspensión inmediata de:
    • Aprovechamientos de agua.
    • Actividades que generen descargas contaminantes.

Demolición de obras

  • Demolición de infraestructura ilegal construida en cauces, zonas federales o sin autorización.

Pérdida de obras y maquinaria

  • Pérdida de pozos y obras ilegales a favor de la Nación.
  • Retención de maquinaria de perforación utilizada sin permiso.

Responsabilidad económica

  • Pago obligatorio de remoción, limpieza y reparación por descargas contaminantes.
  • Cobro como crédito fiscal en caso de incumplimiento.

Delitos con pena de prisión

  • Traslado ilegal de aguas nacionales.
  • Desvío, obstrucción o alteración de cauces sin autorización.
  • Corrupción en trámites de agua por servidores públicos.
  • Soborno para obtener concesiones o permisos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Información de:  https://elpais.com/mexico/2025-12-05/el-senado-aprueba-la-ley-de-aguas-de-sheinbaum-apenas-horas-despues-de-recibirla.html